Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, un máximo de 25.000 ayudas de 1.700 euros cada una para la estancia y realización de un curso para perfeccionar la lengua inglesa de, al menos, tres semanas de duración, con un mínimo de 15 horas lectivas semanales entre el 1 de junio y el 30 de noviembre del año 2010, en países cuya lengua oficial sea el inglés y que se relacionan en el anexo a esta convocatoria.
Podrán optar a estas ayudas los jóvenes nacidos entre el 1 de enero de 1980 y el 31 de diciembre de 1992 que hayan obtenido la condición de becario conforme a la Resolución de 6 de mayo de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convocan becas para los alumnos que vayan a iniciar estudios universitarios en el curso 2008-2009 (BOE de 13 de mayo), o Resolución de 2 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general, para el curso académico 2008-2009, para alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios (BOE de 19 de junio), o Resolución de 2 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2008-2009, para alumnado universitario y de otros estudios superiores (BOE de 24 de junio).
2. También podrán optar a estas ayudas los jóvenes nacidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1993 que hayan obtenido la condición de becario para cursar estudios de Bachillerato o de enseñanzas profesionales de música y danza, de Grado Medio de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño, de Enseñanzas Deportivas y de Idiomas en el curso 2009/2010 conforme a la Resolución de 3 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios (BOE de 20 de junio)
Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través de los enlaces «Becas y Ayudas», «Becas para estudiar», «Enseñanzas de idiomas» «Ayudas para realizar cursos de inglés en el extranjero», cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través de los enlaces indicados en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo firmado en la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes (Sección de Convocatorias Especiales), calle Torrelaguna, 58 - 28027 Madrid, o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de solicitudes es hasta el día 30 de marzo de 2010 inclusive.
Tendrán preferencia para la obtención de estas ayudas aquellos solicitantes que no hubieran sido beneficiarios de las ayudas convocadas por el Ministerio para realizar cursos de lengua inglesa en el extranjero en los años anteriores, concediéndose las ayudas en orden inversamente proporcional a su renta. A continuación se concederán las ayudas a los restantes solicitantes ordenados igualmente de forma inversamente proporcional a su renta. Se tomará como renta del solicitante la renta familiar per cápita del solicitante que se utilizó para la concesión de la beca del curso 2008-2009 ó 2009-2010. Para equiparar las magnitudes de ambos años, se multiplicarán las rentas correspondientes al curso 2008-2009 por 1.03
2. Esta adjudicación tendrá el carácter de concurrencia competitiva, por lo tanto, no será suficiente, para la obtención de la ayuda, reunir todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria, sino también obtener un número de orden que le sitúe dentro del total de ayudas a conceder. A estos efectos, se aprobarán tres relaciones: una, en la que se incluirán los candidatos que resulten adjudicatarios de las ayudas; una segunda, en la que se incluirán los candidatos a quienes les sea denegada la ayuda por no reunir alguno o algunos de los requisitos exigidos por esta convocatoria y una tercera, en la que se incluirán los candidatos que reúnan los requisitos de la misma pero no hayan alcanzado un número de orden que les permita obtener la ayuda. Los solicitantes incluidos en esta última relación quedarán ordenados de acuerdo con su renta familiar per cápita, incluyendo en primer lugar a quienes no hubiesen participado en los cursos anteriores y constituirán la lista de espera con la que se irán sustituyendo, por riguroso orden, a los adjudicatarios que, por cualquier causa, no consoliden la ayuda o no realicen el curso.
La Comisión evaluadora dirimirá los posibles empates dando preferencia a los solicitantes de mayor edad.
Para consolidar la ayuda, los interesados deberán reservar una plaza para realizar un curso de inglés en el extranjero con las características establecidas en esta Orden. Podrán hacerlo directamente en la escuela donde vayan a realizar el curso en el extranjero o utilizando los servicios de una empresa que organice este tipo de cursos en los países cuya lengua oficial sea el inglés y que figuran en el Anexo a esta convocatoria. En ningún caso el Ministerio de Educación será responsable de posibles incumplimientos de esa relación contractual entre particulares. Por otra parte, ninguna empresa ni asociación de empresas del sector tiene el carácter de entidad colaboradora del Ministerio. La justificación de haber efectuado dicha reserva por un importe de, al menos, 200 euros deberá enviarse a la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes en el plazo indicado en la comunicación de concesión. La falta de presentación de la citada justificación, dentro del plazo establecido, se entenderá como renuncia a la ayuda concedida que será adjudicada al siguiente candidato de la lista de espera.
La resolución del Secretario General de Universidades por delegación del Ministro pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Consulta la página oficial del Ministerio de Educación:
http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/idiomas/beca-cursos-ingles-extranjero.html
Procederá el reintegro de la subvención concedida, además de en los supuestos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones, en el caso de que se compruebe el incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
Se entenderá que se da el incumplimiento a que se refiere el párrafo anterior cuando el adjudicatario de la ayuda no realice, por cualquier causa, el curso en el extranjero o no justifique fehacientemente la realización y el abono del mismo. A tal fin los beneficiarios deberán aportar, antes del 30 de diciembre de 2010, acreditación de la realización del curso mediante certificación original del centro docente en el que se realizó el curso en el extranjero y en el que se detallará la duración del mismo (mínimo tres semanas) y el número de horas lectivas semanales (mínimo 15 horas semanales) Asimismo deberán conservar los justificantes referidos a los gastos de viaje y coste del curso en el país hasta el 30 de diciembre de 2012 ya que podrán ser requeridos por la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes, para la verificación de las fechas, horas lectivas, estancias, etc.
¿CUÁNTO ME CUESTA?
Puedes reservar de manera transparente con nosotros y encontrar el curso que más te conviene. Para cualquier duda nos puedes también llamar al 923 23 00 25 o pedir que te llamemos enviándonos un e-mail a info@learn-languages.net
Pero queremos darte también unas indicaciones de cuanto podría valer tu estancia completa (curso, alojamientos, tasas…) en las diferentes ciudades y que se ajusten al presupuesto y a los requisitos de las ayudas del MEC.
INSCRIPCIÓN Y JUSTIFICANTE DE RESERVA DE PLAZA
¿Ya has tomado tu decisión? Entonces sólo te falta un pequeño paso más. Rellena nuestro formulario de inscripción por internet o imprímelo y envíalo firmado de tu puño y letra al fax 923 23 00 25 o escaneado por email.
No te olvides del justificante de pago de 200 euros como depósito. Una vez recibido todo, te confirmamos la reserva en un plazo de 24/36 horas, nos pondremos en contacto contigo y te enviamos la carta de admisión en el programa elegido y la factura que justifica tu pago del depósito.
Para aprovecharte de tu ayuda debes enviar estos documentos por correo postal certificado con acuse de recibo a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, Cursos de inglés (Calle Torrelaguna 58, 28027 Madrid) en el plazo establecido en la comunicación de la concesión. ¡Si no lo haces, perderás tu derecho a la beca!